miércoles, 14 de mayo de 2014

La tributación de las pensiones del extranjero

La tributación de las pensiones del extranjero en el IRPF.

tributación de las pensiones del extranjero
El pasado verano la Agencia Tributaria comenzó una campaña en la que se comprobaron las declaraciones de la renta de muchos pensionistas y jubilados que perciben pensiones del extranjero, por lo que creemos conveniente recordar para evitar posibles sanciones, la tributación de las pensiones del extranjero en el IRPF. La ley en cuanto a la territorialidad del impuesto establece, que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es aplicable en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio económico en vigor, respectivamente, en los territorios históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra. Asimismo, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno, debiendo todos los contribuyentes que residen en España declarar en su IRPF su renta mundial, independientemente de la procedencia de sus ingresos, por lo que, aunque procedan de otro país, las pensiones del extranjero deberán ser declaradas aquí en España, en la declaración del IRPF.
Por tanto aquellas personas que habiendo trabajado en el extranjero y hayan cumplido los requisitos para tener derecho a una pensión de jubilación en ese país deben incluirla en su declaración de la renta y no hacerlo puede suponer un problema. Los últimos convenios de doble imposición, la asistencia mutua, entre los países de la Unión Europea y la mejora en las comunicaciones han incrementado las revisiones por las pensiones no declaradas.
La ley es clara en cuanto a la tributación de las pensiones del extranjero en el IRPF, pues señala que los contribuyentes que residen en España deben declarar en su IRPF por su renta mundial, con independiencia de la procedencia de sus ingresos. Por tanto un jubilado español que solo obtenga su pensión, no está obligado a hacer la Declaración de la Renta si sus ingresos no sobrepasan 22.000 euros anuales. Pero si cobra otra pensión por haber cotizado en el extranjero, el límite para no presentar el IRPF baja a 11.200 euros anuales de ingresos, al tratarse de dos pagadores diferentes.
Por regla general, no realizar la Declaración cuando se tiene obligación supone tener que pagar la cuota correspondiente a la liquidación del impuesto y sus correspondientes intereses, además, una sanción de un mínimo de 150 euros. Si se presenta, pero se omiten los ingresos procedentes de la pensión del extranjero (aunque incluirlos no afecte al resultado final), también conlleva sanción, por omitir datos.
Como se deben declarar las pensiones del extranjero en su declaración de la renta:
El dinero que se perciba por una pensión extranjera hay que declararlo en el apartado de retribuciones dinerarias, dentro de rendimientos del trabajo. Además, hay que saber si tiene retenciones en el país que otorga la pensión:
  • Si no tiene retenciones en el país de origen: no hay que hacer nada, porque tributa de forma íntegra en España.
  • Si cuenta con retenciones en el país de origen: se debe marcar en la casilla número 96. Si se usa el programa PADRE, se localiza en “Otras deducciones de la cuota – Deducciones por doble imposición internacional”. Al abrir ese apartado, se debe consignar el importe de los rendimientos del trabajo en la casilla de retribuciones incluidas en la base general, y en la casilla de Impuestos satisfechos en el extranjero, la cuantía de las retenciones que se hubieran practicado en el país de origen. Así, el programa calcula la cantidad que se debe deducir y evita que se tribute por los ingresos en dos países a la vez.

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