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Según informa esta mañana el diario Cinco Días, entre las
modificaciones legislativas introducidas por el Real Decreto-ley
16/2013, se encuentra la que establece que las multinacionales que
empleen a 100 o más trabajadores en España y planteen un ERE o
prejubilen trabajadores invocando pérdidas en nuestro país aunque hayan
obtenido beneficios a nivel global, no estarán obligadas a realizar la
aportación equivalente a la prestación por desempleo de los trabajadores
mayores de 50 años afectados por dichas medidas.
Esta medida,
que entró en vigor el pasado 23 de diciembre, facilita tanto el despido
objetivo como las prejubilaciones de trabajadores mayores de 50 años por
parte de las multinacionales con filiales en España.
Para
ello, el artículo 5 de dicho Real Decreto-ley introdujo una modificación
en la disposición adicional 16.ª de la Ley 27/2011, añadiendo la
previsión indicada.
En la información, firmada por José Antonio
Vega y Raquel Pascual, se destaca que hasta la entrada en vigor de
dicha modificación, la Ley 27/2011 incluía la citada penalización,
siempre que “las empresas o el grupo de empresas del que formen parte
hubieran tenido beneficios” en los dos ejercicios económicos anteriores
al ERE; o en dos años consecutivos tomando como plazo el año anterior al
despido colectivo y los cuatro siguientes (la conocida como enmienda
Telefónica); pero "la nueva modificación suaviza esta penalización a las
multinacionales, al precisar que quedarán excluidas de costear el
desempleo de sus mayores despedidos aquellas empresas que registren
pérdidas en su actividad en España, aunque tengan beneficios como grupo
corporativo a nivel mundial."
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