¿Qué documentos puede expedir un Consulado en España?
Son muchas las ocasiones en las que nos han preguntado sobre qué documentos puede expedir un Consulado en España, ya que en algún momento, cualquier persona extranjera que se encuentra en nuestro país necesita de una serie de documentación que solo se puede expedir en su lugar de origen.
La regla general es que las personas suelen dirigirse a sus Consulados para la obtención de documentación como partidas de nacimiento, matrimonio, soltería, certificado de antecedentes penales,etc. Si bien, no siempre consiguen de sus Consulados o representaciones diplomáticas, la documentación que necesitan, debiendo obligatoriamente dirigirse directamente a sus países de origen, con las molestias económicas y de tiempo que ello ocasiona. Además, no se debe de olvidar que cualquier documento expedido en un país extranjero que quiera hacerse valer en España deberá estar,como mínimo, debidamente legalizado o apostillado, y traducido por traductor jurado.
Entonces, y dando respuesta a la pregunta ¿qué documentos puede expedir un Consulado en España?, debemos de responder que en España solamente se ha autorizado a expedir Certificados de Antecedentes Penales ( CAP) y/o de Registro Civil directamente en Consulados o Representaciones diplomáticas extranjeras, a las que continuación indicamos y ello por permitirlo así su legislación interna.
1.-Afganistán.- Autorizada a expedir CAP desde el 12-mayo-2008.
2.-Armenia. -Autorizada a expedir CAP desde el 25-noviembre-2010.
3.-Bolivia.- Autorizada a expedir certificados de nacimiento, matrimonio y defunción desde el 19-diciembre-2008. Autorizada a expedir CAP desde el 13-octubre-2009.
4.-Cabo Verde.-Autorizada a expedir CAP desde el 15-febrero-2010. Autorizada a expedir certificados de Registro Civil desde el 15-febrero-2010.
5.-Colombia.- Autorizada a expedir CAP desde el 1-julio-2009.
6.-Ecuador.- Autorizada a expedir CAP desde el 27-febrero-2010.
7.-Estonia.- Autorizada a expedir certificados de Registro Civil desde el 2-julio-2010.
8.-Perú.- Autorizada a expedir CAP desde el 1-noviembre-2008.
9.-República Dominicana.- Autorizada a expedir CAP desde el 24-septiembre-2010.
10.-Georgia.- Autorizada a expedir CAP desde el 1-diciembre-2011
11.-Turquía.-Autorizada a expedir CAP desde el 1-febrero-2012
12.-Rusia.-Desde el 23 de noviembre de 2012 la Embajada de la Federación de Rusia en Madrid puede expedir Certificados de Antecedentes Penales a sus nacionales. Los nacionales de la Federación de Rusia podrán presentar a las autoridades españolas Certificados de Antecedentes Penales expedidos de cualquiera de las dos formas siguientes:
- Expedidos en la Federación de Rusia por el Ministerio del Interior y apostillados con el sello de la Apostilla de la Haya, conforme al modelo establecido en el criterio de gestión 33/2012.
- Expedidos en la Embajada de la Federación de Rusia en España previa consulta con el Centro de Información y Análisis del Ministerio del Interior de la Federación de Rusia y legalizados por la Sección de Legalizaciones de Ministerio de Asuntos Exteriores español.
Además se ha autorizado a algunas Representaciones diplomáticas o consulares extranjeras a emitir un Certificado de Autenticidad de aquellos documentos originales de su país que no pueden ser legalizados por impedírselo su legislación interna o por circunstancias excepcionales y específicas del aquél. Estos países son los siguientes:
1.-Irak, por la situación existente en el país. Autorizado desde el 16-julio-2008.
2.-Uzbekistán, por no legalizar originales. Autorizado desde el 9-mayo-2008.
En cualquier caso, debemos de recordar, que el único requisito exigible a todos estos documentos expedidos por Representaciones diplomáticas o consulares en España es su legalización por la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, salvo que estén exentos de legalización por aplicación de algún Convenio.
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