lunes, 28 de abril de 2014

Herencia del suegro

Herencia del suegro

Herencia del suegro
Herencia del suegroHerencia del suegro
¿Tiene derechos el cónyuge sin hijos en la herencia del suegro?
La respuesta depende de varias cosas, distinguimos:
Lo primero que hay que ver es el ORDEN DE FALLECIMIENTOS:

1.- Muere primero el suegro y luego el  marido/esposa

a) Si aceptó la herencia de su padre, la viuda adquiere los bienes porque estos han pasado a formar parte del patrimonio del que era su marido, por aplicación de los arts 657 y siguientes del Código Civil.
b) Si la rechazo, la viuda no adquiere nada, porque los bienes nunca han pasado a formar parte del patrimonio del marido
c) Sin murió sin aceptar ni repudiar, la viuda adquiere el derecho de aceptar o repudiar la herencia del suegro. Ello porque el derecho de aceptar o repudiar la herencia del suegro se considera un derecho independiente, llamado ius transmisionis, regulado por el art 1006 del CC que integra la herencia de su marido.

2.-Muere primero el marido/esposa y luego el suegro.

En este caso la viuda/o sin hijos no adquiere nada porque el derecho de su difunto marido/ esposa se extinguió con su muerte.
Ahora bien:
a) Si el suegro falleció con testamento y en ese testamento se designa heredero a la nuera o al yerno, tendrá los derechos que se le hayan atribuido en testamento.
b) Si el suegro falleció sin testamento, no tiene derecho a nada porque el yerno/nuera no son llamados a la sucesión intestada la cual se atribuye por aplicación del los arts 930 y siguientes del Código Civil a:
1º Los descendientes
2º Los ascendientes: Heredan en defecto de los hijos y descendientes del difunto.
3º El cónyuge: Hereda a falta de descendientes y de ascendientes y antes que los familiares colaterales (hermanos y sobrinos)
4º Los colaterales: Si sólo concurren hermanos, éstos heredarán por partes iguales; si participan en la herencia hermanos y sobrinos, los sobrinos repartirán entre sí la porción de la herencia que le hubiese correspondido al hermano fallecido (hermano del testador fallecido y padre / madre de los sobrinos que heredan en su representación)
5º Los demás parientes hasta el cuarto grado (primos) heredarán en defecto de todos los anteriores.
6º El Estado

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