La herencia en España
Las herencias en España se dividen en tres tercios. Uno de ellos corresponde a la legítima. En ese, el testador se ve obligado a dejárselo a quien debe por ley, es decir, a sus descendientes directos. Esto es los hijos. La segunda parte es la llamada mejora. Puede con ella favorecer a uno de sus herederos sobre los demás. Si no se hace mención a ella, se entiende incrementada la legítima y coloca a los herederos por ley con 2/3 de esa herencia. La última parte es la única que le otorga al testador plena libertad de dejársela a quien quiera.Desheredar a un hijo
En España, a diferencia de otros países, cuando los padres hacen los testamentos no pueden desheredar por norma a un hijo. De hecho, para privarle de la legítima, que es la mínima parte que le corresponde de esa herencia, tiene que incurrir éste en una de estas causas: intento de homicidio de los progenitores, prostitución, abandono o por negarle el alimento a los ascendientes.Si se diese alguna de éstas, y el progenitor sea capaz de probarla, la ley española contemplaría que se pueda desheredar a un hijo. Pero fuera de estos supuestos, el mero hecho de ser hijo en España otorga el derecho de tener 1/3 de la herencia junto con el resto de los hermanos o descendientes directos del progenitor.
No hay comentarios:
Publicar un comentario